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Blog para el profesional sobre Tpv, cajas registradoras y etiquetas


Nuestro Blog está dirigido a los profesionales de la hostelería y el comercio, con múltiples consejos útiles para aplicar en el dia a dia del trabajo en el punto de venta y la relación con sus clientes, disponemos de manuales de artículos, pruebas de productos y explicaciones claras sobre el mantenimiento del hardware y el software que rodea al Tpv.

Además podrá encontrar todo tipo de consejos para elegir el producto que mas se ajusta a sus necesidades en varios campos como las etiquetas, los Tpv o sus periféricos.

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Sobre el cobro de los recipientes de plástico y bolsas utilizados en hostelería

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Con la llegada del nuevo año 2023 también entran en vigor nuevas normas y obligaciones para los negocios de comida para llevar, take away o símplemente, todo aquel negocio de hostelería que ofrezca envases de plástico (y bolsas) para que los clientes se lleven aquellos alimentos que han sobrado.

El cobro del impuesto de los envases de plásticos monouso

Esto únicamente afecta a los envases de 1 solo uso con el objetivo de desincentivar el uso de los mismos por parte de los consumidores. La ley que regula esto es la 7/2022 de 8 de abril, ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Dentro de esta normativa de productos plásticos sujetos a reducción se hayan «los recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos y que están destinados para el consumo inmediato, in situ o para llevar» que puedes encontrar en el  Anexo IV, epígrafe A. 2), apartado a).

La idea del ministerío para la transición ecológica y reto demográfico (el ministerio de medio ambiente de toda la vida) para desincentivar su utilización por parte del consumidor final será obligatorio el cobro de esos recipientes de un solo uso, diferenciándolo en el ticket de venta como un artículo independiente del resto. Es decir, el precio del envase y las bolsas debe estar por separado y no incluido en el importe de ningún artículo. La entrada de esta obligación para los hosteleros comienza el 1 de enero de 2023. Para esa fecha tienes que tener los artículos definidos y el staff entrenado y enterado.

Estos precios han de estar expuestos al público en un lugar visible del negocio y deben incluir una referencia al cumplimiento de la normativa, en este caso al Art. 4.1 d).

La idea es que todos los hosteleros implicados en la comercialización de estos envases fomenten el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico para evitar la grave contaminación que provocan en el planeta.

Sobre el precio de los envases de plástico que el hostelero ha de cobrar al cliente final, por ahora, queda a criterio de cada cual, pudiendo tomar la normativa de las bolsas de plástico como una orientación, siempre teniendo en mente que es un desincentivo económico para el uso de estos productos plásticos.

Sobre el cobro de bolsas de plástico

bolsa contaminanteEsta norma entró en vigor el pasado 1 de enero de 2021, pero no está de más recordarla. Según el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, así pues desde el 1 de enero de 2021, no está permitida «la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable».

El artículo 3 f) define las bolsas compostables según la norma europea EN 13432, la cual señala la biodegradabilidad como una de sus características esenciales; la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, define el material compostable como aquel que puede «ser reciclado a través de un proceso de valorización orgánica que comprende el compostaje y la digestión anaeróbica.» Son bolsas que se producen con materias primas como almidón, cereales, patatas, melaza, aceite de soja o caucho vegetal. Por tanto, se desechan junto con el material orgánico en el contenedor marrón o en su defecto, al gris.

El precio de las bolsas de plástico viene fijado en el Anexo I del señalado Real Decreto 293/2018, que fija precios orientativos según su grosor, en general, las compostables superiores a 15 micras se cobrarán a 0,15 €, aunque se estableció lo  siguiente:

"Según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Reducción del consumo de bolsas de plástico (miteco.gob.es). A partir del 1 de enero de 2021, las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables, estando exceptuadas de su cobro únicamente las bolsas de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel; las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018. Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado. Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado. Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentable, independientemente de cuál sea su espesor. Las de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado, a 10 céntimos de euros por bolsa."

Como conclusión sobre el tema del cobro y suministro las bolsas, desde el 1 de enero de 2021, no está permitida la entrega de bolsas de plástico no compostables; en cuanto a las compostables, ligeras o muy ligeras, su cobro ya venía siendo obligatorio desde el 1 de julio de 2018 (0,15 €). En relación con los recipientes de comida para llevar, si son de material plástico de un solo uso, su cobro será obligatorio a partir del 1 de enero de 2023, antes de esa fecha el cobro es potestativo. Si los recipientes son de materiales reutilizables, su cobro es potestativo, dado que la empresa tiene libertad de fijar su política comercial mientras no incumpla leyes imperativas.

Conclusión sobre los envases y bolsas de plástico

Aún así, no tenemos que olvidar que también está pendiente de aprobar el nuevo proyecto de Ley para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, esto puede suponer que algunos de los preceptos comentados en este artículo podrían ser modificados. Es muy importante, para evitar sanciones, consultar todas estas novedades con su asesor o gestor.

alternativas envases plástico

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Llega el fin de los envases plásticos de un uso

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Se acerca la fecha del fin de la comercialización de muchos artículos de plástico de un solo uso. La transición a instancias de la directiva europea 2019/904 desde una economía lineal hacia una economía circular está en marcha. Esto se basa en 2 metas a alcanzar; que los productos se utilicen el mayor numero de veces posible y que se reduzca la generación de residuos y basuras. Varias son las medidas para reducir el impacto de la contaminación que provocan en nuestro medio ambiente el uso de plástico de manera indiscriminada. Se acerca el día 3 de julio de 2021 y se avecinan cambios que afectan a muchos negocios, sobre todo aquellos de hostelería con servicio a domicilio o para llevar. ¿En qué afecta este cambio de legislación?

Principalmente, a partir del 3 de julio de 2021, estará prohibido la venta de los siguientes artículos de un solo uso que conforman el grueso de los envases de plástico que se utilizan en España.

  • Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos) – Cualquier plastico incluyendo PLA (Ácido poliláctico)
  • Platos de PS (Poliestireno) y CPLA (PLA cristalizado)
  • Tapas y tapones
  • Cañas o pajitas, excepto si entran en el ambito de legislacion aplicaciones medicas
  • Agitadores de bebidas y paletinas
  • Recipientes para alimentos y bebidas hechos de EPS (poiestireno expandido, foam o "corcho blanco"como son vasos, envases de hamburguesa y similares.
  • Productos hechos con plastico oxo-degradable (plásticos que se degradan en microplásticos, los mas comunes son polietileno, poliestireno y polipropileno.

La prohibición sobre los artículos de un solo uso fabricados en PLA y CPLA puede sufrir cambios, ya que entra en contradicción con otra directiva.

A partir de la misma fecha, aparecen nuevos requisitos en el marcado de artículos fabricados parcialmente en plástico o los que son fabricados totalmente de plástico, pero admitne más de un uso. Un ejemplo del primer caso son los vasos de papel recubiertos por una capa de PE, PLA o bioPBS.

También a primeros de julio entra en vigor el nuevo impuesto en España que grava con 0,45 euros por kilogramo de envases de plástico no reutilizables cuando se vayan a utilizar en nuestro mercado. Este impuesto es tanto sobre la fabricación como importación, incluso la adquisición intracomunitaria de este tipo de envases monouso.

El objetivo es reducir el volumen de plástico que llega a nuestros campos y mares. Concretamente se pretende alcanzar el año 2030 con un descenso del 30% en el consumo de materiales, una merma en el 15% de la generación de residuos y una mejora en la eficiencia del uso dela agua de un 10%.

Al igual que los envases, las bolsas de plástico han sufrido un cambio para bién en términos del cuidado de la naturaleza. Este es sin duda un cambio a mejor en la legislación, que se compromete con el respeto al planeta. En ConsumiblesTpv tenemos alternativas a los envases de plástico de un solo uso o para los vasos para bebidas  con materiales como el cartón, la celulosa, el aluminio, la madera o el bagazo.

Envases ecologicos

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