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Blog para el profesional sobre Tpv, cajas registradoras y etiquetas


Nuestro Blog está dirigido a los profesionales de la hostelería y el comercio, con múltiples consejos útiles para aplicar en el dia a dia del trabajo en el punto de venta y la relación con sus clientes, disponemos de manuales de artículos, pruebas de productos y explicaciones claras sobre el mantenimiento del hardware y el software que rodea al Tpv.

Además podrá encontrar todo tipo de consejos para elegir el producto que mas se ajusta a sus necesidades en varios campos como las etiquetas, los Tpv o sus periféricos.

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Sobre el cobro de los recipientes de plástico y bolsas utilizados en hostelería

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Con la llegada del nuevo año 2023 también entran en vigor nuevas normas y obligaciones para los negocios de comida para llevar, take away o símplemente, todo aquel negocio de hostelería que ofrezca envases de plástico (y bolsas) para que los clientes se lleven aquellos alimentos que han sobrado.

El cobro del impuesto de los envases de plásticos monouso

Esto únicamente afecta a los envases de 1 solo uso con el objetivo de desincentivar el uso de los mismos por parte de los consumidores. La ley que regula esto es la 7/2022 de 8 de abril, ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Dentro de esta normativa de productos plásticos sujetos a reducción se hayan «los recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos y que están destinados para el consumo inmediato, in situ o para llevar» que puedes encontrar en el  Anexo IV, epígrafe A. 2), apartado a).

La idea del ministerío para la transición ecológica y reto demográfico (el ministerio de medio ambiente de toda la vida) para desincentivar su utilización por parte del consumidor final será obligatorio el cobro de esos recipientes de un solo uso, diferenciándolo en el ticket de venta como un artículo independiente del resto. Es decir, el precio del envase y las bolsas debe estar por separado y no incluido en el importe de ningún artículo. La entrada de esta obligación para los hosteleros comienza el 1 de enero de 2023. Para esa fecha tienes que tener los artículos definidos y el staff entrenado y enterado.

Estos precios han de estar expuestos al público en un lugar visible del negocio y deben incluir una referencia al cumplimiento de la normativa, en este caso al Art. 4.1 d).

La idea es que todos los hosteleros implicados en la comercialización de estos envases fomenten el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico para evitar la grave contaminación que provocan en el planeta.

Sobre el precio de los envases de plástico que el hostelero ha de cobrar al cliente final, por ahora, queda a criterio de cada cual, pudiendo tomar la normativa de las bolsas de plástico como una orientación, siempre teniendo en mente que es un desincentivo económico para el uso de estos productos plásticos.

Sobre el cobro de bolsas de plástico

bolsa contaminanteEsta norma entró en vigor el pasado 1 de enero de 2021, pero no está de más recordarla. Según el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, así pues desde el 1 de enero de 2021, no está permitida «la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable».

El artículo 3 f) define las bolsas compostables según la norma europea EN 13432, la cual señala la biodegradabilidad como una de sus características esenciales; la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, define el material compostable como aquel que puede «ser reciclado a través de un proceso de valorización orgánica que comprende el compostaje y la digestión anaeróbica.» Son bolsas que se producen con materias primas como almidón, cereales, patatas, melaza, aceite de soja o caucho vegetal. Por tanto, se desechan junto con el material orgánico en el contenedor marrón o en su defecto, al gris.

El precio de las bolsas de plástico viene fijado en el Anexo I del señalado Real Decreto 293/2018, que fija precios orientativos según su grosor, en general, las compostables superiores a 15 micras se cobrarán a 0,15 €, aunque se estableció lo  siguiente:

"Según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Reducción del consumo de bolsas de plástico (miteco.gob.es). A partir del 1 de enero de 2021, las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables, estando exceptuadas de su cobro únicamente las bolsas de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel; las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018. Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado. Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado. Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentable, independientemente de cuál sea su espesor. Las de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado, a 10 céntimos de euros por bolsa."

Como conclusión sobre el tema del cobro y suministro las bolsas, desde el 1 de enero de 2021, no está permitida la entrega de bolsas de plástico no compostables; en cuanto a las compostables, ligeras o muy ligeras, su cobro ya venía siendo obligatorio desde el 1 de julio de 2018 (0,15 €). En relación con los recipientes de comida para llevar, si son de material plástico de un solo uso, su cobro será obligatorio a partir del 1 de enero de 2023, antes de esa fecha el cobro es potestativo. Si los recipientes son de materiales reutilizables, su cobro es potestativo, dado que la empresa tiene libertad de fijar su política comercial mientras no incumpla leyes imperativas.

Conclusión sobre los envases y bolsas de plástico

Aún así, no tenemos que olvidar que también está pendiente de aprobar el nuevo proyecto de Ley para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, esto puede suponer que algunos de los preceptos comentados en este artículo podrían ser modificados. Es muy importante, para evitar sanciones, consultar todas estas novedades con su asesor o gestor.

alternativas envases plástico

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Como medir las bolsas de plástico tipo camiseta

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Hoy comentaremo un detalle que aun pareciendo una tontería provoca mas de un quebradero de cabeza a muchas personas, y es que expresan exactamente las medidas de las bolsas, principalmente de plástico tipo camiseta y como se miden para no tener ninguna duda a la hora de elegir el tamaño de bolsa que mas nos convenga.

Los fabricantes nombran sus modelos de bolsas camiseta como 35x40, 42x52 o 50x60, esta media en centímetros corresponde al ancho x alto de la bolsa incluyendo tanto la longitud de las asas como los fuelles laterales que permiten que la bolsa se pueda abrir y que no quede como un sobre; es así como en una bolsa de medida 35x40 el tamaño real del saco, es decir, del cuadrado que queda a la vista con la bolsa plegada es de 21x32 centímetros, es decir la medida de la bolsa útil donde introducimos los objetos es menor que la medida del fabricante ya que este incluye las asas y fuelles.

Si deseamos medir el ancho total, no tenemos mas que desplegar los fuelles y ya está, también hay que tener en cuenta que el proceso de fabricación de las bolsas de plástico tipo camiseta a través de soldadura en caliente produce una pequeña merma de material.

En la descripción de cada bolsa en la tienda online aparece también las medidas del saco.

 bolsas-plastico-asa-camiseta

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